Acuerdo de 12-6-2020 de unificación de criterios de los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona
Los jueces de primera instancia de Barcelona (con competencia en asuntos civiles, con exclusión de familia, tutela e incapacidades), reunidos todos de manera telemática, han adoptado de forma mayoritaria y sin ningún voto en contra, el siguiente Acuerdo de Unificación de Criterios: A los efectos de imponer costas, podrá ser interpretado como mala fe o temeridad: 1.- La negativa a acudir a la sesión informativa de mediación que haya sido convocada por derivación del juzgado; 2.- El silencio o rechazo ante una oferta extrajudicial, cuando la resolución final del pleito se ajuste sustancialmente al contenido de esa oferta.
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